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Liquidación de beneficios sociales

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¿En qué consiste?

Tiene como función calcular a título informativo, a través del sistema automatizado de liquidaciones, el monto de derechos y beneficios sociales del régimen laboral de la actividad privada y otros que se implementen.

 

¿A quién está dirigido?

Está dirigido a trabajadores y/o ex trabajadores del Régimen de la actividad Privada

 

¿Cuáles son los requisitos?

  • Identificarse con DNI, pasaporte o carné de extranjería, en original.
  • Proporcionar información veraz y documentación idónea al liquidador respectivo.
  • Guardar en todo momento respeto hacia el personal que presta el servicio de cálculo de la liquidación de los beneficios sociales.
  • Acreditar de forma idónea el término de la relación laboral:

 

CAUSA DE  EXTINCIÓN

REQUISITOS

RENUNCIA  VOLUNTARIA

  • Carta de renuncia debidamente recepcionada por su empleador y/o certificado de trabajo.
  • Boletas de pago por el período laborado, ordenadas de la más reciente a la más antigua.
  • Liquidaciones de depósito de CTS, debidamente firmada por su empleador.
  • Presentación del DNI, pasaporte o carné de extranjería en original, según el caso.

Nota: al momento de su presentación en el Ministerio, la carta de renuncia debe  haber surtido efectos.

TERMINO DE  CONTRATO

  • Copia del último contrato de trabajo y/o certificado de trabajo.
  • Boletas de pago por el período laborado, ordenadas de la más reciente a la más antigua.
  • Liquidaciones de depósito de CTS, debidamente firmada por su empleador.
  • Presentación del DNI, pasaporte o carné de extranjería en original, según el caso.

DESPIDO

  • Carta de despido o acta de verificación de despido arbitrario.
  • Boletas de pago por el período laborado, ordenadas de la más reciente a la más antigua.
  • Liquidaciones de depósito de CTS, debidamente firmada por su empleador.
  • Presentación del DNI, pasaporte o carné de extranjería en original, según el caso.

INSOLVENCIA  EMPRESARIAL

  • Publicación de insolvencia empresarial en el Diario Oficial El Peruano y/o diario de mayor circulación o resolución de insolvencia empresarial, emitido por INDECOPI.
  • Certificado de Trabajo (no indispensable).
  • Boletas de pago por el período laborado, ordenadas de la más reciente a la más antigua.
  • Liquidaciones de depósito de CTS, debidamente firmada por su empleador.
  • Presentación del DNI, pasaporte o carné de extranjería en original, según el caso.

CIERRE DE  CENTRO DE  TRABAJO

  • Acta de Inspección por Cierre de Centro de Trabajo.
  • Certificado de Trabajo (no indispensable).
  • Boletas de pago por el período laborado, ordenadas de la más reciente a la más antigua.
  • Liquidaciones de depósito de CTS, debidamente firmada por su empleador.
  • Presentación del DNI, pasaporte o carné de extranjería en original, según el caso.

 

¿Tipo de atención?

Presencial y virtual a través de la Plataforma Citas en Línea.



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